El crimen Salvaje, Brutal y Periodísticamente Blindado: los ascensos políticos de Grecia Quiroz y Carlos Bautista, sostenidos por la tragedia

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Por: Ana María Garduño

Durante seis meses, la prensa nacional e internacional construyó un personaje disfrazado con un sombrero y chaleco blindado: Carlos Manzo, el “Bukele mexicano”, el sheriff tropical, el restaurador del orden a punta de miedo. No fue una cobertura inocente. Fue una campaña de manufactura mediática donde ciertos grupos políticos, los mismos que incuban pupilos con ADN doctrinario de Calderón, alimentaron la fantasía de que Uruapan necesitaba mano dura, no gobierno; castigo, no justicia; espectáculo, no instituciones. En los altavoces editoriales lo presentaron como el nuevo modelo de autoridad: un líder dispuesto a “limpiar” la ciudad cueste lo que cueste. Y así, la dictadura como estilo de gestión dejó de ser una advertencia y pasó a ser un eslogan. Un laboratorio de control social disfrazado de eficacia.

Ese show mediático incluyó la glorificación de una política que, según múltiples testimonios locales y análisis de seguridad, se resumía en una sola línea: “disparen sin miramientos”: el mátalos en caliente de Calderón. Esa frase, repetida como mantra por quienes lo defendían, funcionó como el corazón violento de su método: en Uruapan no se distinguía entre delincuente, sospechoso o ciudadano que estorbaban. El orden se quería imponer sin ley, sin protocolo y sin Estado; sólo músculo, miedo y fuego. Esa es la doctrina que intentaron vender como modernidad: un mando que no gobernaba, un territorio que no se pacificó y un experimento autoritario congelado en la sangre de quienes quedaron en medio. Y ahora, el pupilo, el diputado que se auto adjudica ser el heredero de Manso. Se pone el disfraz de su muerto útil, pretendiendo que esa narrativa de dictadura tropical siga viva, porque sin ella, su proyecto político se extinguiría como ceniza mojada.

Las implicaciones jurídicas y constitucionales del proyecto punitivista de Carlos Bautista Tafolla, se construye desde la tragedia, hagamos un análisis jurídico de la narrativa del horror. En Michoacán, las carreras públicas suelen dividirse en dos categorías:

• Aquellas que se construyen sobre resultados verificables, programas, territorio y comunidad.

• Y aquellas, cada vez más visibles, que se sostienen casi exclusivamente en el impacto mediático de los cadáveres.

La trayectoria del diputado Carlos Bautista Tafolla se ha inscrito, de manera reiterada, en esta segunda categoría. No existe sentencia judicial ni expediente penal que lo relacione directamente con ningún hecho delictivo; sin embargo, la recurrencia incide con ejecución pública del Alcalde, los cuerpos abandonados, hallazgos de restos humanos y episodios violentos que orbitan en su entorno, ha generado un fenómeno que los analistas llaman “ascenso por conmoción”: un crecimiento mediático que no proviene de la trayectoria política, proviene de la narrativa del horror.

Para efectos jurídicos, lo relevante no es determinar culpabilidad, esa tarea corresponde exclusivamente a las autoridades competentes, es evidenciar, analizar el impacto institucional de un liderazgo que se fortalece únicamente cuando ocurren tragedias. Ese patrón, aunque no constituye delito, sí genera un efecto político nocivo: normaliza la violencia como escenario permanente y fomenta una percepción pública donde el poder sólo avanza al ritmo de la muerte, del escándalo. Y en Michoacán, donde la fragilidad institucional ha sido un lastre histórico, este tipo de ascenso no es un detalle menor: es un riesgo constitucional.

El caso Manzo y la construcción del “capital mediático” del horror, se conforma con su asesinato público, con la ejecución a quema ropa del adolescente sicario, por medio de un escolta, por los dos cuerpos encontrados posteriormente vinculados judicialmente al mismo caso, por la purga interna entre los participantes, y las osamentas halladas en un rancho propiedad de Carlos Bautista, donde él mismo advierte que “se encontrarán muchas más”. Todos estos episodios sin resolución judicial definitiva, han tenido un efecto claro y verificable: cada tragedia ha incrementado la presencia mediática del diputado.

Este fenómeno, aunque no atribuible jurídicamente a su persona, sí constituye un problema político-institucional: convierte la muerte en combustible. Convierte el horror en visibilidad. Convierte la tragedia ajena en capital político. Desde el punto de vista jurídico, este patrón erosiona principios esenciales:

• El derecho a la verdad de las víctimas, sustituido por la politización de su muerte.

• La certeza jurídica, contaminada por narrativas mediáticas sin resolución judicial.

• La imparcialidad institucional, debilitada por interpretaciones que convierten hallazgos en insumos políticos.

• La muerte, en un Estado constitucional, no puede ser la plataforma de ningún funcionario.

La pregunta se vuelve indispensable ¿Rumbo al 2027, las candidaturas también dependerán de cadáveres como mecanismo de visibilidad? Falta año y medio para la elección a gobernador en Michoacán. Y la maquinaria política ya sabe que el efecto Manzo se enfriará, los hallazgos óseos perderán impacto, y que la circulación de sus escándalos en los titulares menguará. La pregunta no es jurídica. Es política. Y es brutal: ¿Qué nuevo escándalo será necesario para reactivar su presencia pública? No porque exista delito adjudicado, será porque su imagen ha sido sostenida por los escándalos, por los muertos, los asesinatos.

La historial de estos personajes, se escribe mediante la crisis, no mediante resultados. Y para unas figuras cuya notoriedad depende tanto del ruido trágico, la ausencia de tragedia representa una caída en encuestas y en la presencia pública. Ese es, precisamente, el riesgo institucional: cuando un proyecto político sobrevive únicamente bajo conmoción, la estabilidad se vuelve su enemiga.

El giro punitivista de Carlos Bautista Tafolla, con su propuesta de pena de muerte, implica reformas constitucionales. En medio de este contexto, el diputado ha presentado una de las propuestas jurídicamente más controvertidas de la últimas décadas en México: la implementación de la pena de muerte por vía constitucional. Desde un análisis técnico-jurídico, la propuesta presenta cuatro problemas gravísimos:

• La violación directa a tratados internacionales vinculantes, donde México es parte del Pacto de San José (Convención Americana de Derechos Humanos). El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Ambos prohíben reinstalar la pena de muerte habiendo sido abolida, salvo en condiciones excepcionales que México no cumple.

• Reinstalarla implicaría violar tratados internacionales con rango constitucional (art. 1). Sería una contradicción con el artículo 22 constitucional, que prohíbe expresamente “penas de muerte, mutilación, infamia, azotes…”. Reformarlo requeriría no sólo voluntad política, requeriría una mayoría calificada que hoy es jurídicamente inviable sin una ruptura institucional, y aun así, México seguiría atado a tratados internacionales que impedirían su aplicación.

• Efecto contraproducente en seguridad, todos los estudios comparativos de criminología (ONU, UNODC, OEA) coinciden: la pena de muerte no reduce delitos, y sí genera abusos, montajes, y errores irreparables.

• Incentiva un discurso de Estado punitivista y populismo penal, que en un contexto donde la violencia está politizada, podría agravar la crisis institucional, no resolverla.

Desde un plano político, la propuesta parece más un discurso de endurecimiento simbólico, diseñado para ganar cámara y titulares, que una iniciativa viable o seria. Una narrativa coherente con una carrera pública que ha encontrado en la muerte su principal herramienta de visibilidad, una maquinaria del escándalo que se vuelve un riesgo para el Estado de derecho.

En la estructura política de Michoacán, los operadores lo reconocen. Los alcaldes lo comentan en privado. Los periodistas lo sabemos: la candidatura del diputado y de la alcaldesa, no sobrevive sin tragedia:

• No tienen obra.

• No tienen reformas significativas.

• No tienen estructura administrativa.

• No tienen territorio propio.

Tienen, en cambio: escándalos recurrentes, cadáveres que surgen en momentos políticamente oportunos, y una narrativa de víctimas-sobrevivientes que reactivan su presencia cada vez que decaen.

Para el derecho constitucional, esto no describe un delito. Pero sí describe un fenómeno altamente peligroso: la dependencia del horror como motor político. Políticos que sólo crecen cuando el estado sufre, políticos cuyo ascenso se opone a la estabilidad institucional.

¿Quién será el siguiente “insumo” del proyecto de estos personajes rumbo a la gubernatura? México y Michoacán enfrentan suficientes crisis como para agregar otra: la normalización del cadáver como herramienta de campaña. Esta no es una acusación penal. Es una advertencia institucional. Cuando un proyecto político: se fortalece con la tragedia, propone constitucionalizar la muerte, y encuentra en el dolor ajeno su principal motor mediático. La pregunta no es retórica. Es urgente. Es jurídica. Es moral.

Estos ascensos han estado acompañados por el ruido de la muerte, ¿a quién sacrificarán ahora para mantenerlo visible rumbo a la gubernatura? Porque en Michoacán, donde la vida pública ha sido estrangulada por la violencia, la muerte, para algunos, parece valer cada vez más que la justicia.

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